Sigue erre que erre Nou Patraix en su idea ser falla: tras rechazar JCF de nuevo su creación, ayer repartió folletos antes de la asamblea de presidentes diciendo que no se cumplió la ley en el trámite de su solicitud.
Los promotores de la comisión fallera Nou Patraix, en vista de que el pleno de Junta Central Fallera volvieron a rechazar su creación junto con la nueva de Castellar, repartieron anoche unos folletos a los presidentes de falla que acudían a la asamblea para denunciar que no tuvo el trámite de audiencia en el proceso de su expediente. En efecto, según el papel que entregaban a puertas del Ayuntamiento de Valencia, Junta Central Fallera había incumplido la Ley de Procedimiento Administrativo al obviar dicho trámite, algo que en su caso consideran aún más importante porque hubiera servido para oir a todas las partes interesadas en la posible creación de esta nueva falla.
Este es un paso más en la lucha de este colectivo por constituirse como comisión fallera, que ha llegado hasta el punto de llevarla a los tribunales de justicia ordinarios.
A continuación se reproduce el comunicado íntegro:
Junta Central Fallera desoye la ley
A/A: Presidente de Falla
Hoy se desestimará el expediente de nueva creación de la FALLA NOU PATRAIX, sin diálogo, sin cumplir promesas, y lo más importante, sin cumplir la ley.
El Trámite de Audiencia, previa a la propuesta de resolución, está contemplado para todos los procedimientos administrativos en el artículo 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Junta Central Fallera es un organismo autónomo dependiente del Ayuntamiento de Valencia, por tanto se debe al Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de la creación de nueva falla, éste trámite debería ser especialmente observado y necesarios, los cuales deberían haberse puesto de manifiesto a las partes para efectuar alegaciones en el plazo de 10 días. Algo que no ha sucedido.
Artículo 84 Trámite de audiencia
1. Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, salvo lo que afecte a las informaciones y datos a que se refiere el artículo 37.5.
2. Los interesados, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
¿Por qué Junta Central Fallera ignora la legislación actual?
¿Por qué JCF no permite a “la máxima instancia de decisión del ámbito fallero” la Asamblea de Presidentes, (Art. 54 del Reglamento Fallero) conocer los pormenores y tomar la decisión oportuna?
Ustedes son representantes de una comisión fallera, a nosotros nos impiden constituirla.
¿Qué haría usted si se viera en nuestro caso?
Hoy nos han comunicado que esta admitido a tramite, en la Audiencia Provincial, recurso contra la sentencia de denegación de la Falla Nou Patraix. Por lo que el procedimiento sigue abierto.
La Falla Trencatimons, por las fiestas alternativas
Y en Torrent, la asociación que promueve la Falla Trencatimons se ha adherido a una concentración que pide la autorización de fiestas alternativas en esta ciudad y la colaboración del consistorio en las mismas. Esta manifestación tendrá lugar el lunes a las siete de la tarde en el Ficus.